A raíz de la aprobación el pasado 19 de junio de una enmienda transaccional en el Congreso de los Diputados referente a la cesión de estos medicamentos por parte de los veterinarios, desde la Sociedad Española de Farmacia Rural, la Sociedad Española de Farmacia Clínica, Familiar y Comunitaria, la Federación Empresarial de Farmacéuticos Españoles y la Asociación de Farmacéuticos para el Buen Uso del Medicamento Veterinario queremos hacer las siguientes puntualizaciones:
- La cesión de medicamentos de uso animal por parte del veterinario, sin ningún ánimo de lucro, durante el acto clínico ysiempre que concurran circunstancias específicas de dificultad de acceso al tratamiento, ya viene contemplada en el artículo 37 del RD 666/2023 con lo que no entendemos necesaria ninguna modificación.
- Si existe actualmente alguna dificultad en el acceso a medicamentos de uso animal a través de las 22.222 farmacias comunitarias de este país, cuya accesibilidad, implantación, capacidad de abastecimiento y capilaridad geográfica es muy superior a la de cualquier otro establecimiento sanitario existente, es debida al descontrol que ha existido, hasta ahora, en la venta y distribución de este tipo de medicamentos y a su casi inexistente prescripción por parte de los veterinarios.
- Las campañas de desinformación que se están promoviendo desde la aprobación del RD 666/2023 dirigidas a que se legisle contraviniendo la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios y su prohibición, por motivos evidentes, de que el prescriptor tenga intereses directos en la dispensación o venta de medicamentos son, ni más ni menos, que campañas interesadas cuyo único objetivo es el interés económico y que pueden estar produciendo un daño reputacional inmerecido e injusto a la Farmacia Comunitaria.
- Los farmacéuticos, por su titulación, son los profesionales con competencias legalmente reconocidas respecto a todos los aspectos relacionados con el medicamento, sea de uso humano o animal, desde su investigación hasta su elaboración, distribución, manipulación y dispensación. De la misma forma que no estamos capacitados legalmente para diagnosticar y prescribir, otros profesionales sanitarios no están capacitados legalmente para dispensar.
- Distintas entidades, sociedades y asociaciones farmacéuticas llevamos años advirtiendo a nuestros representantes sobre las malas prácticas relacionadas con la venta y dispensación de los medicamentos de uso animal y los efectos de estas prácticas sobre la salud de animales y personas sin que nunca hayamos obtenido respuesta o solución a este problema.
- Ni entendemos, ni compartimos ni podemos tolerar el actual mutismo de algunas de nuestras instituciones sobre este importante asunto y les recordamos que, entre sus funciones, se encuentran defender los derechos de sus colegiados y velarpor el cumplimiento de la legislación sanitaria y de la legislación farmacéutica. Entendemos que se está haciendo dejación de estas funciones y exigimos que se tomen medidas con la misma celeridad y publicidad con la que se han manifestado anteriormente respecto a otras materias.
- Apelamos, una vez más, al esfuerzo de todas las profesiones sanitarias a la hora de trabajar de forma conjunta, dentro de las atribuciones de cada una, en aras de mejorar la salud pública, garantizar el buen uso de los medicamentos y atajar el creciente problema de resistencias a los antimicrobianos.
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